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Consentimiento informado del paciente: qué es y cuándo utilizarlo

Escrito por: Marketing Team Fecha viernes 17, diciembre 2021 Categoría: Firma Electrónica, Digitalización

El consentimiento informado forma parte del derecho que tiene todo paciente a recibir la adecuada información sobre una actuación médica para poder realizar una decisión libre sobre si se somete a ella o no.

Este procedimiento se desarrolla siempre en el marco del respecto a la dignidad de las personas, la autonomía de su voluntad y la intimidad. Además, es considerado el eje principal de la relación médico-paciente.

Por ello, en esta entrada explicaremos qué es el consentimiento informado, cuándo utilizarlo y cómo obtenerlo firmado de forma fácil, rápida y legal.

¿Qué es el consentimiento informado?

Acorde a la definición que aporta la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que regula la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el consentimiento informado es “la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud”.

En este contexto, esta ley refuerza y da trato especial al derecho a la autonomía del paciente, que queda recogida en la Ley General de Sanidad.

De este modo, podemos decir que el consentimiento informado médico es un proceso a través del cual el profesional sanitario informa al paciente sobre el tratamiento que se le realizará, así como de los riesgos, beneficios y alternativas.

Este proceso de información y comprensión finaliza con la firma del formulario escrito de consentimiento informado por parte del paciente, donde este autoriza a través del documento la realización de la actuación médica.

¿Qué información debe contener?

El consentimiento debe estar firmado de forma consciente y voluntaria por el paciente interesado, que puede aceptarlo o rechazarlo. El objetivo de esta acción es que sea él mismo quien pueda tomar las decisiones referentes a su salud de acuerdo con su libre y propia voluntad. Así, de acuerdo con la Ley, el consentimiento debe cumplir con tres requisitos básicos:

  • Voluntariedad: el paciente acepta o no libremente la actuación sanitaria una vez que, recibida la información, haya valorado todas las opciones planteadas.
  • Información: el paciente debe contar con toda la información necesaria y disponible para poder facilitar su consentimiento (procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, riesgos e inconvenientes, procedimientos de carácter experimental, etc.).
  • Comprensión: a partir del momento en el que el personal médico informa al paciente debe transcurrir tiempo suficiente para que el paciente pueda reflexionar y aclarar todas las dudas que le puedan surgir.

De esta manera, y según lo que dispone la normativa, el consentimiento informado debe contener como mínimo:

  1. Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad.
  2. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.
  3. Los riesgos probables en condiciones normales de acuerdo con la experiencia y en el estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención.
  4. Las contraindicaciones.

Toda la información debe ser verdadera y, además, es obligación del facultativo transmitirla de forma comprensible al paciente. Además, se debe especificar la posibilidad del paciente de retirar dicho consentimiento por escrito en cualquier momento sin tener que dar justificación alguna.

¿Cuándo y en qué casos se debe firmar el consentimiento informado?

Como hemos explicado, es necesario que el consentimiento informado se entregue con tiempo para que el paciente pueda leerlo, reflexionar y, si se da el caso, aclarar todas las dudas que le surjan con el profesional. Una vez pasado este tiempo, el paciente firmará el documento en cuestión manifestando que acepta las actuaciones médicas establecidas.

Sin embargo, esto no regirá en el caso de situaciones de emergencia o similares que requieran una actuación médica rápida. Por ello se aconseja que el propio consentimiento contemple la fecha de entrega de este.

Además, hay que tener en cuenta que este documento se debe obtener actualizado cada vez que lo requiera un nuevo tratamiento, siempre cumpliendo con la confidencialidad de los datos referentes a la salud según establece la Ley 41/2002.

La firma electrónica del consentimiento informado

En la era de la digitalización la firma del consentimiento informado no iba a quedarse en el pasado, y es que es posible realizarla con soluciones de firma electrónica que ofrezcan las máximas garantías legales y el respaldo de seguridad más óptimo, como es el caso de la firma electrónica avanzada o cualificada.

De este modo, tanto el paciente como el centro médico contribuye a la eliminación del papel en el historial médico, pudiendo conservarlo en un soporte digital al que poder acceder siempre que se requiera.

Así, el consentimiento informado firmado puede obtenerse, tanto por parte del paciente como del médico, de forma fácil y rápida, beneficiándose de esta manera con todas las ventajas económicas, de seguridad y eficiencia en la gestión del documento.

La realidad es que los centros de salud acumulan miles de documentos, entre ellos consentimientos, en papel y por tanto, sufren aún los problemas de almacenamiento relativos a esta gestión. Su digitalización es hoy en día esencial, pudiendo así vincular fácilmente la historia clínica electrónica del paciente.

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